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miércoles, 6 de enero de 2010

Ley de medios: relevamiento obligatorio


La autoridad de aplicación de la nueva Ley de Servicios Audiovisuales dictó sus primeras cuatro resoluciones encaminadas a poner en marcha la norma.

Llevan la firma del titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Gabriel Mariotto.

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La número 2/2009, dispone "el relevamiento obligatorio de las licencias, autorizaciones, permisos precarios y provisorios, y emisores reconocidas que se encuentren vigentes, correspondientes a servicios de radiodifusión sonora (AM y FM) y televisión abierta en todo el ámbito de la República Argentina".


A tales efectos, se estableció que en el plazo comprendido entre el 15 de enero y el 15 de marzo próximos, se deberán presentar al relevamiento "las personas de existencia visible o de existencia ideal, de derecho privado, con o sin fines de lucro que a la fecha del dictado de la presente resolución se encuentren operando servicios de radiodifusión sonora sin autorización".

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foto genileza de notiar.com.ar

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